La AFIP actualizó el piso a partir del cual los bancos informan los movimientos de los clientes

Elevó a $200.000 el monto mínimo de los movimientos de los clientes, para que las entidades financieras lo informen al organismo.

INTERÉS GENERAL 19/04/2023
La AFIP actualizó el piso a partir del cual los bancos informan los movimientos de los clientes
La AFIP actualizó el piso a partir del cual los bancos informan los movimientos de los clientes

Desde el día de hoy los bancos deberán informarle a la AFIP cuando el monto total acumulado de las acreditaciones y retiros mensuales en las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo y de la seguridad social; y cuentas especiales sea igual o superior a $ 200.000, en lugar de a $ 90.000.

A través de la Resolución General 5348 y con la inclusión de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas no bancarias, las nuevas sumas permitirán incorporar o descartar los regímenes aludidos en la Ley Nº 21.526.

“La Resolución General N° 4.614, sus modificatorias y complementarias, implementó un régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales por cuenta y orden de personas humanas o jurídicas residentes en el país o en el exterior, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago”, señaló la resolución.

 

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